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POLITICA

Senado dio dictamen al alivio a monotributistas y cambios en Ganancias y Bienes Personales

La reforma de la Ley del Monotributo elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.  

La comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado avanzó esta tarde con el dictamen al proyecto de alivio a los monotributistas y a la iniciativa que realiza cambios en Ganancias y Bienes Personales para fomentar la inversión en moneda local. Ambos fueron sancionados hace siete días por la Cámara baja y podrían ser tratados la semana que viene por los senadores en el recinto.
La reforma de la Ley del Monotributo elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618. El objetivo del proyecto es beneficiar a más de 3,5 millones de trabajadores.

Invitado a exponer en el plenario, el Subdirector General de Fiscalización de la AFIP, Julián Ruiz, quien destacó que "en el proyecto hay beneficios, como un alivio fiscal para los monotributistas más pequeños, y que consiste en aquellos monotributistas que por alguna razón se pasaron de su máximo de facturación".

 "Respecto de los nuevos valores de monotributo, en la categoría más baja se incrementa un 77% el valor de facturación, manteniendo el de diciembre 2020. Eso permite un beneficio, al incrementar cada una de las escalas mantenido constante el valor de la cuota", aclaró el funcionario.

La iniciativa establece una amplia moratoria que impacta a los caídos del sistema en los últimos 3 años, modifica las escalas para aliviar la situación fiscal y corre a junio la fecha del cambio de la alícuota para eliminar las deudas generadas.

Asimismo, plantea el sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar: el valor de las cuotas de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.

Además, establece un esquema progresivo de actualización de escalas, duplicando para las categorías más bajas el incremento del 35% de este año (el aumento de la categoría A es del 77% respecto de diciembre 2020). Se fijan a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar el valor mensual de la categoría (“cuota mensual”) del Monotributo.

También instaura un programa específico de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, consistente en complementar, con un mecanismo simple, el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Este nuevo esquema permitirá que los contribuyentes se puedan mantener en el monotributo a pesar de haberse excedido en la facturación.

Para dotar a la propuesta de progresividad y llegar con el programa a los contribuyentes que realmente necesitan el alivio fiscal -evitando que el mismo beneficie a contribuyentes que utilizan el régimen simplificado de manera abusiva- se establece que podrán acceder quienes registren ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría “K” ($5.550.000 anuales) y cuando el total de bienes del país y del exterior no superen los $6.500.000.

Los monotributistas de las categorías más altas (de la E a la K) deberán pagar una cuota especial “por única vez” para poder mantenerse en el régimen.

El proyecto aclara que en caso de no acceder a los beneficios los contribuyentes se considerarán excluidos del régimen desde las 0 horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad.

Por último, establece un régimen de regularización para deudas de monotributistas que permita a las y los contribuyentes adheridos al régimen regularizar su situación fiscal, permitiéndoles generar un esquema de previsibilidad económica y financiera.

El nuevo régimen condonará intereses y multas y permitirá cancelar la deuda en hasta 60 cuotas mensuales y con un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

Cambios en Ganancias y Bienes Personales para fomentar inversión en pesos
Al pasar al tratamiento de este segundo proyecto que busca fomentar el ahorro en pesos al ampliar las exenciones en los mencionados gravámenes para los activos de inversiones financieras en moneda nacional, el titular de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el senador del Frente de Todos, Carlos Caserio, señaló que "hace excepciones a colocaciones de dinero en moneda nacional, como un modo de vencer la especulación y que el crédito signifique un aporte a las actividades productivas del país y a la recuperación de la moneda".

El proyecto plantea la exención del impuesto a las Ganancias de los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste (por ejemplo, plazos fijos UVAs) y del rendimiento de las colocaciones en instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva.

En cuanto a los Bienes Personales, plantea la exención para instrumentos como las obligaciones negociables emitidas por empresas argentinas, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a inversión productiva y la participación en fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un setenta y cinco por ciento (75 %). AMBITO