Procesaron con prisión preventiva al acusado por el femicidio de Gisela Mendoza
El juez Rubén Spessot consideró que existen pruebas firmes contra Francisco Javier Leguizamón, esposo de la víctima, y lo procesó por homicidio calificado por el vínculo, alevosía y violencia de género, en concurso con privación ilegítima de la libertad agravada.

El juez de Instrucción y Correccional N°1 de Formosa, Rubén Antonio Spessot, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Francisco Javier Leguizamón, acusado de ser el autor del femicidio de Gisela Agustina Mendoza, la enfermera de 37 años hallada sin vida hace tres meses en un baldío del barrio San Antonio de esta capital.
La resolución se adoptó tras la primera etapa de la investigación judicial, que incluyó el análisis de pruebas testimoniales, periciales, documentales y fílmicas, entre ellas las imágenes de cámaras de seguridad que muestran al acusado trasladando a la víctima en su motocicleta momentos antes del crimen.
De acuerdo al fallo, el juez consideró acreditado que el 13 de julio de 2025, cerca de las 10 de la mañana, Leguizamón fue hasta la casa de su esposa —de quien estaba separado por antecedentes de violencia intrafamiliar— y mediante engaños logró que ella lo acompañara en moto hasta un predio descampado ubicado sobre la avenida Alicia Moreau de Justo, a la altura del barrio San Antonio.
Allí, según reconstruyó el magistrado, el hombre atacó violentamente a la mujer, la empujó contra unas maderas y la asfixió, insertándole un trozo de madera en la boca y golpeándola con una piedra en la cabeza, provocándole la muerte. Luego, Leguizamón regresó al domicilio del barrio Fontana y entregó la motocicleta y las llaves al padre de Gisela, sin mediar palabra.
El juez sostuvo que las pruebas reunidas "permiten afirmar de manera seria y motivada que el imputado participó activamente en el deceso de su esposa", calificando el hecho como homicidio agravado por el vínculo, con alevosía y mediando violencia de género, en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad agravada.
Spessot destacó además que el crimen se produjo en un contexto de violencia de género, acreditado por los testimonios que describen los episodios de maltrato físico y psicológico sufridos por la víctima antes y después de la separación. "Las pruebas determinan una relación desigual de poder, basada en condiciones estereotipadas que limitaron los derechos de la mujer", indicó en su resolución.
En su fallo, el magistrado subrayó que el acusado actuó con premeditación y alevosía, eligiendo el lugar, el día y la hora para asegurar la impunidad de su ataque. "Mintió para lograr que su esposa aceptara salir con él, la llevó a una zona alejada e inaccesible a la vista de terceros y la mató sin posibilidad de defensa", sostuvo Spessot, quien concluyó que el acusado desplegó "un accionar preordenado para matar sin riesgo para sí mismo".
Si bien Leguizamón se abstuvo de declarar, el juez señaló que el cúmulo de pruebas reunidas permite concluir que actuó con conocimiento y voluntad de causar la muerte, intentando luego ocultar su responsabilidad.
Con esta decisión, el acusado permanecerá detenido con prisión preventiva mientras avanza la causa hacia el juicio oral, donde se lo juzgará por uno de los crímenes más conmocionantes ocurridos en la provincia en los últimos años.
