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OPINION

"Están dadas la condiciones para la intervención federal de Formosa", dice el constitucionalista Félix Lonigro

Para el profesor de la UBA, en el feudo de Gildo Insfrán la voluntad popular no se puede expresar libremente, y la reelección eterna también niega la vigencia del sistema democrático.

Félix V. Lonigro  -  Profesor de derecho constitucional.

El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, en el congreso nacional del Partido Justicialista, en marzo. Foto Federico López Claro. Imagen: 1/1

La Constitución Nacional prevé cuatro sistemas o regímenes políticos: el democrático, el republicano, el federal y el presidencialista. El sistema republicano está caracterizado por la división de poderes, la independencia del poder judicial y por la alternancia en el ejercicio del poder.

Esa alternancia no se agota con darle a la gente la posibilidad de votar. Muchas veces el voto condicionado, secuestrado por la prebenda, los cargos públicos o la corrupción hacen que el elector no pueda votar libremente.

Por eso, además de darle a la gente la posibilidad de votar es necesario también poner un límite al ejercicio del poder en la cantidad de tiempo que un mismo gobernante puede conducir los destinos de un país.

El sistema democrático está basado en la transparencia de la voluntad popular: la elección popular manifestada en forma absolutamente libre. Las provincias están obligadas a replicar internamente desde sus constituciones ese sistema republicano y ese sistema democrático.

Lo que se ve en Formosa claramente es que allí se viola el sistema democrático desde hace mucho tiempo; no hay más que ver cómo a la luz del día las autoridades pedían a los votantes llevar el troquel del voto a cambio de un bolsón de comida. Eso indudablemente prueba que en Formosa se está violando la transparencia del sistema democrático, viciando la voluntad popular.

Además, también se viola el sistema republicano porque allí la alternancia no es posible, teniendo el cuenta que la Constitución posibilita la reelección indefinida del gobernador. Esto hace que se den allí dos causales constitucionalmente previstas para la intervención federal de la provincia de Formosa.

Cuando una provincia no cumple con este mandato constitucional de incorporar o respetar internamente el sistema republicano y democrático, se le concede al gobierno de la Nación la facultad de tomar una medida, que se llama intervención federal.

Se trata de poner en pausa la autonomía de la provincia para reencausarla, cuando se violan el sistema republicano y el sistema democrático interno.

Esa decisión la tiene que tomar el Congreso de la Nación; debe hacerse a través de una ley, que se sanciona con un quórum común y corriente: para aprobarla es necesaria la mitad más uno de los votos de los presentes en la sesión de cada Cámara.

El proyecto de ley que se podría presentar para ordenar la intervención federal de Formosa debe contener fundamentos, como cualquier otro proyecto. Pero no hay nada más fácil que demostrar que en esa provincia están dadas las causales para intervenir federalmente, que se viola el sistema democrático.

Sólo hay que escuchar los audios sobre la compra de votos a través de bolsones de comida, y por otro lado está el fallo de la Corte, que ya declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 del la Constitución de Formosa, en tanto permite las reelecciones indefinidas.

De modo tal que presentar un proyecto de ley para intervenir Formosa es una tarea muy sencilla para cualquier legislador o para el poder ejecutivo. Es pura y exclusivamente una cuestión de decisión política. Las circunstancias en Formosa lo ameritan.

(Clarin)