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OPINION

Insfrán: otra reforma para la perpetuidad

Detrás de la proyectada reforma constitucional de Formosa, se mantiene la intención de su gobernador de eternizarse en el cargo

Gildo Insfrán, otra elección en beneficio personal

Este domingo, la provincia de Formosa renovará parcialmente su Cámara de Diputados y elegirá 30 convencionales para reformar su Constitución. La reforma constitucional es un nuevo ardid de Gildo Insfrán, el mandamás que transita su octavo período, por concluir en 2027, cuando se cumplirán 32 años de asfixia a los formoseños.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación prohibió las reelecciones indefinidas por ser contrarias a la división de poderes y a los principios republicanos de la Constitución nacional, que establece la periodicidad de los mandatos. Disconforme con ese fallo, el señor feudal propone una reforma constitucional para establecer dos períodos de gobierno, pero reservándose la facultad de ser elegido como el primer gobernador de la Constitución reformada y burlando así lo establecido por el máximo tribunal de la Nación.

Desde 1853 hasta 1994, salvo en la reforma de 1949, en nuestro país rigió la restricción a la reelección presidencial inmediata. Solo dos presidentes, después de dos períodos en el caso de Julio Argentino Roca y de un período en el caso de Hipólito Yrigoyen, lograron ser elegidos para un segundo mandato presidencial.

Los gobernadores no tuvieron reelección hasta que en el gobierno del cordobés Eduardo Angeloz se promovió una reforma para incluirla; y en el segundo período se incluyó otra con el argumento de que el segundo período de Angeloz era el primero de la nueva Constitución.

Otro triste exponente de las oligarquías de este siglo, como Gerardo Zamora, en Santiago del Estero, hizo elegir a su esposa cuando la Corte Suprema rechazó que violara la Constitución provincial, que establece dos períodos, con una cláusula transitoria aclaratoria respecto de que el primer gobierno se tomaría a partir de la nueva Constitución.

Otro escándalo que perdura es la ley de lemas, un sistema electoral vigente en Formosa, que permite la presentación de 56 sublemas oficialistas en la categoría de concejales municipales.

La ley de lemas incrementa costos, introduce confusiones, complica los escrutinios y su adecuado control. Más grave aún, distorsiona la voluntad popular, pues un candidato con el 40% de los votos puede ser derrotado por otro que apenas obtuvo el 7 o el 8%, pero que, en la suma de sublemas, logra superar al más votado.

Como en elecciones anteriores, la oligarquía gobernante hace impúdicamente gala de todos los resortes del poder y utiliza los fondos públicos para comprar voluntades. No conforme, promueve también la violencia con patotas que agreden a dirigentes opositores.

Formosa continúa siendo gobernada como si fuera patrimonio propio del gobernador, tal como sucedía en el país en la etapa previa a la organización nacional, desplegando prácticas electorales anteriores a la sanción de la ley Sáenz Peña, en 1912. Lo sostiene una población empobrecida y atemorizada ante la posibilidad de perder lo poco que tienen como rehenes del trabajo estatal.

A casi 42 años del restablecimiento de la democracia en la Argentina, los cimientos institucionales de muchas provincias crujen con la perpetuación de siniestros personajes que siguen pisoteando a la República en propio beneficio.

(La Nación)