La Cámara Federal de Apelaciones de Chaco confirmó la inconstitucionalidad del Programa de Ingreso Ordenado
La Justicia Federal le sigue dando la razón a las personas que están varadas en el límite de Chaco y Formosa hace meses y piden ingresar a la provincia. Si bien, en su momento desde el Superior Tribunal de Justicia de Formosa se dijo que la Justicia Federal no podía inmiscuirse en la política sanitaria de la provincia, y luego que el propio juez federal subrogrante, Fernando Carbajal, fallara rechazando lo dicho por el STJ, ahora la Cámara Federal de Chaco falló diciendo que el planteo de Carbajal sobre la inconstitucionalidad del Programa de Ingreso Ordenado de Formosa es correcto. Por lo que se deberán articular los mecanismos para acelerar el ingreso de estas personas.

La concejal y abogada, una de las que impulsan las causas de los formoseños varados, Gabriela Neme; publicó el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Chaco, donde se confirmó la inconstitucionalidad del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado del gobierno de la provincia de Formosa.
En su posteo en Facebook, la abogada indicó: “En la causa con Daniel Suizer y vos donde se declara por primera vez la inconstitucionalidad del sistema de ingresos se dio un nuevo revés para Insfrán, para la Fiscalía de Estado, para el Defensor del Pueblo, para el Superior Tribunal y para todos los que repiten la afirmación de que estas causas son un estatuto del contagio.
Solo una mente perversa puede pensar que la Justicia Federal quiera pretender violar protocolos de salud. Vuelve a afirmar la Cámara: coincidimos con el Juzgador en punto a que el Sistema de Ingresos a la provincia de Formosa, del modo en que se encuentra instrumentado, no satisface estándares constitucionales y debe ser reorganizado a los efectos señalados ya que la apuntada falta de capacidad suficiente en los alojamientos gestionados por el Ejecutivo Provincial, así como la reiteración de causas judiciales en el mismo sentido, nos convencen de la necesidad de confirmar lo resuelto por el sentenciante de origen, en cuanto declaró la inconstitucionalidad del régimen de ingreso vigente, ordenando a la Provincia de Formosa que en un plazo acotado proceda a readecuar los protocolos pertinentes, de manera tal que se posibilite el ingreso ordenado de la totalidad de los residentes formoseños que se encuentran actualmente –y desde hace varios meses– a la espera de poder hacerlo.”