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fuero laboral

Denunciaron por prevaricato al juez, Marcos Rea de la Sala I del Tribunal del Trabajo

“La prueba ordenada por el Dr. Marcos Rea, estaba en pleno trámite y a pesar que no se habían agregado todavía y que los plazos no habían vencido se solicitó la suspensión de la audiencia” explicaron y agregaron que: “Luego con la providencia que declara superflua la prueba, esta conducta encuadra en el delito de prevaricato” afirmaron los abogados.

Juez, Dr. Marcos Rea, del Tribunal del Trabajo, Sala ICrédito: web

Los abogados, Mariela Cáceres y Ricardo Ruíz promovieron una denuncia penal por el delito de prevaricato contra el Juez,  Dr. Marcos Rea, del Tribunal del Trabajo, Sala I.
En un juicio laboral, la empresa El Pajarito S.A. contestó la demanda y solicitó el agregado de la documentación correspondiente para demostrar la inexistencia de un vínculo laboral de acuerdo a los horarios planteados por la demandante en donde realizaba otra actividad.


Fue así que por Resolución del Juez, se solicitaron informes de la AFIP, ANSES, Banco de Formosa S.A., Correo Argentino, Municipalidad de Formosa y el Registro de la Capacidad de las Personas como elementos probatorios.


Con un plazo de 10 días para que estos organismos remitieran los informes, el juez de la causa, sin que se cumpliera su propia resolución o los plazos en ella contemplados, decide dejar sin efecto el cumplimiento del agregado de las documentales al expediente, volviendo sobre sus propias decisiones. “

En cuanto a los informes de la ANSES, Banco de Formosa S.A., Correo Argentino, Municipalidad de Formosa o Registro de las personas, surgiendo superfluas en parte por lo informado por la AFIP DGI o inconducente con respecto a informar y dejese sin efecto las mismas por innecesarias” dictaminó el Juez Rea. 


Fijó la audiencia de vista, sin estos elementos y tres días antes del vencimiento del plazo para el agregado de la documental.


Los abogados Cáceres y Ruíz consideraron que una vez que el juez toma una resolución se considera calidad de cosa juzgada procesal, es decir que una vez firma una resolución no es susceptible de ser reformada o dejada sin efecto, garantizando la seguridad jurídica.


“La prueba ordenada por el Dr. Marcos Rea, estaba en pleno trámite y a pesar que no se habían agregado todavía y que los plazos no habían vencido se solicitó la suspensión de la audiencia” explicaron y agregaron que: “Luego con la providencia que declara superflua la prueba, esta conducta encuadra en el delito de prevaricato” afirmaron los abogados.
Estimaron que esta conducta del magistrado evidencia parcialidad hacia una de las partes y aclararon que el único momento para declarar si una prueba es inconducente, superflua o dilatoria es al momento de ordenar la producción de las mismas y no hay otro estadío procesal para declararlas inconducentes.


La denuncia se presentó en la Fiscalía N° 4 y será tramitada por el Juez, Marcelo Picabea del Juzgado homónimo.